SERVICIOS CONSULARES

Visa de Estudiantes Temporal

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Requisitos
• Formulario F-007 (gratuito).
• Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 107.50 nuevos soles).
• Copia legible del pasaporte o documento de viaje con una vigencia mínima de seis (06) meses. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
• Constancia de matrícula expedida por el centro de estudios con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación o la Asamblea Nacional de Rectores, según el caso mencionando el tipo de estudio, tiempo de duración, horas y días de asistencia.
* En caso de prácticas profesionales deberá presentar carta de acreditación emtidida por la Universidad o centro educativo extranjero de estudios superiores con indicación del tiempo y lugar donde realizarán sus prácticas, debidamente legalizada por Consulado Peruano y visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada.
• Demostrar tener solvencia económica proveniente del extranjero para solventar estudios y gastos de estadía.
* En el caso de extranjeros hijos de peruanos y extranjeros residentes en el país la garantía puede provenir de fuente nacional.
* En caso de menores de edad no acompañados por lo menos de uno de sus padres, deberán presentar documento notarial o consular que acredite tutoría o nombramiento de apoderado, adjuntando copia fedateada del documento de filiación debidamente legalizado o apostillado.

Además:
• El formulario debe ser firmado por el solicitante (El extranjero beneficiario de la visa, y en caso que éste sea menor de edad los padres o el tutor).
• La copia legible del pasaporte deberá estar legalizada por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones o por su representación Consular en el Perú o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN o legalizada notarialmente.
• La documentación que estuviera en idioma extranjero también podrá ser traducido por Traductor Oficial.
• Para determinarse la clase de visa a otorgarse, en la Constancia de Matrícula expedida por el centro de estudios deberá precisarse el periodo de estudios o prácticas pre profesionales, hasta un (01) año (temporal) o mínimo de un (01) año (residente), según corresponda.
• Esta calidad migratoria incluye a los estudiantes extranjeros que ingresan al país para realizar prácticas profesionales o trabajos no remunerados en periodos vacacionales, para lo cual deben estar acreditados por universidades o centros de educativos de estudios superiores (último párrafo del inciso p) del artículo 11 de la Ley de Extranjería modificado por el Decreto Legislativo Nº 1043).
• El solicitante de la visa puede ser hijo de peruano de extranjero titular de una visa de residente en el país, quienes acreditarán solvencia económica para sufragar los estudios y gastos de estadía del beneficiario de la visa, teniendo como base mínima un sueldo mínimo vital (fuente nacional o extranjera).
• Los documentos expedidos por instituciones públicas (SUNARP, SUNAT, RENIEC, etc) así como los poderes legalizados por Notario del Perú, no deberán tener más de tres (03) meses de antigüedad; de igual modo los documentos procedentes del extranjero legalizados por el Consulado Peruano o Apostillados no deberán tener más de seis (06) meses de antigüedad.
• Copia del documento de identidad vigente y actualizado del apoderado de ser el caso.

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Notas
• En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos.
• La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe la DIGEMIN y lo establecido en el D.Leg. 1043.
• La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable.
• Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado.